Acuerdo unánime de la Sala Cuarta: no pagan tasas los trabajadores, los beneficiarios, el personal estatutatario, ni sindicatos

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo acordó, por unanimidad, el pasado 5-6-2013 que en el orden jurisdiccional social no han de pagar tasas judiciales por la interposición de recursos de suplicación o casación (ordinaria o unificadora) por poseer el beneficio de justicia gratuita: los trabajadores, los asimilados a los mismos (beneficiarios de Seguridad Social, personal estatutario o funcionario cuando actúe en el orden jurisdiccional social) o los sindicatos. Esta exención opera incluso respecto de recursos interpuestos con anterioridad al 24-2-2013, esto es, a la fecha de entrada en vigor del RDL 3/2013.