Paralización de actuaciones y caducidad del expediente

La paralización de actuaciones inspectoras por un plazo superior a tres meses -hoy cinco- implica la caducidad del expediente y la posibilidad de incoar un nuevo procedimiento siempre que la infracción no haya prescrito, pudiendo utilizar las diligencias previas a la paralización si se motiva debidamente en el acta.