Se declara inconstitucional y nula la LF Navarra 2/1995 art.175.2, en su redacción vigente en abril 2015, por contravenir injustificadamente el principio de capacidad económica como criterio de imposición.
Se aprueban en Navarra los modelos S-90 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, y para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2024 y el 31-12-2024.
Se aprueban los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones usados, aplicables en la gestión del ISD, ITP y AJD e IMT.
Se incorpora la predeclaración como nueva forma de presentación de los modelos 600 y 605.
Se aprueban los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para el 2025 en Navarra.
Se aprueba el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS y del IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.
Se modifica la orden por la que se desarrolla el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas para aclarar la aplicación del texto refundido de la ley del impuesto sobre la renta de no residentes a estos sujetos pasivos.
Se desarrolla parcialmente el Reglamento de Recaudación de Navarra en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias.
Se modifica el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS e IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.
Se aprueban en Navarra los modelos S-90 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, y para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2023 y el 31-12-2023.