Reducción de salario establecido en un convenio colectivo extraestaturario: vía de modificación sustancial y documentación precisa

El procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo es la vía adecuada para proceder a la reducción del salario establecido en convenio colectivo extraestutario no registrado ni publicado (TS unif doctrina 23-10-12, Rec 594/12). La vía del descuelgue (ET art. 82.3) queda circunscrita al relativo a convenios colectivos estatutarios. La modificación sustancial impugnada es calificada de nula, por un lado porque la empresa no aportó durante el período de consultas la documentación económica necesaria que sirviese de soporte a la realidad económica que justifica la medida empresarial de reducción salarial. No cubriendo tal exigencia la aportación de una memoria justificativa realizada por ella misma que no apoyó en documento objetivo o soporte alguno que avalase la información allí reflejada. Además, la empresa no negoció de buena fe, pues carecía de voluntad negociadora no aceptando ninguno de los cambios propuestos por el comité de empresa, manteniendo su intención inicial presentada y sin mostrar una actitud abierta y dialogante.