Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se establece una exención en el canon de saneamiento para los consumos de agua realizados en las áreas afectadas.
Se establece que el depósito en vertederos de los residuos ocasionados entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024 por la DANA está exento del impuesto sobre depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos (
L 7/2022 art.89
).
Se modifica el valor de la tarifa fija unitaria establecida a efectos de la determinación de la cuota tributaria.
Se crea un impuesto que grava la capacidad económica puesta de manifiesto en las afecciones medioambientales derivadas de los parques fotovoltaicos, al objeto de contribuir a regular y preservar el medio ambiente en su consideración de bien protegido.
Se crea un impuesto que grava la capacidad económica puesta de manifiesto en las afecciones medioambientales derivadas de los parques eólicos, al objeto de contribuir a regular y preservar el medio ambiente en su consideración de bien protegido.
Con efectos 30-5-2024, se modifica el Impuesto medioambiental sobre las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión, que pasa a denominarse Impuesto medioambiental sobre las líneas eléctricas aéreas de alta tensión.
Con efectos desde el 10-5-2024, y con el objeto de aumentar la oferta de vivienda disponible en las Islas de Ibiza y Formentera, se declaran exentas, las estancias del personal estatutario sanitario y del personal docente de la enseñanza pública no universitaria en los establecimientos turísticos y en viviendas objeto de comercialización turística.
Se aprueba un nuevo reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero de aplicación a los gases fluorados de efecto invernadero solos o en mezcla, y a los productos y aparatos, y sus partes, que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos.
Con esta modificación se habilita el sistema único para la corrección de las autoliquidaciones previsto en la normativa general tributaria, en sustitución del sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación de autoliquidaciones.
Se deroga el Impuesto Valenciano sobre Estancias Turísticas (IVET), conocido como tasa turística, que grava la capacidad económica puesta de manifiesto por su estancia en determinados establecimientos turísticos situados en el territorio de la Comunitat Valenciana.