Se modifican algunas reglas de determinación de las competencias normativas y exaccionadoras del ISD, como consecuencia de la modificación del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Los bienes y derechos se entienden adquiridos ipso iure, sin necesidad de aceptación expresa o tácita y sin perjuicio de la posibilidad de renunciar a la herencia.
En el marco del modelo inclusivo participativo navarro de empresa, se establece una exención para las adquisiciones gratuitas o por precio inferior al normal de mercado de las acciones o participaciones de una entidad por parte de los trabajadores.