Compensación de bases imponibles negativas por entidades patrimoniales
Si una entidad patrimonial inicia nuevas actividades, puede compensar las bases imponibles negativas con los beneficios procedentes de dichas actividades.
Si una entidad patrimonial inicia nuevas actividades, puede compensar las bases imponibles negativas con los beneficios procedentes de dichas actividades.
Siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, el TEAC considera que la valoración de unos inmuebles realizada a efectos de TPO vincula a la Inspección en el IS.
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