Para el cálculo de la base imponible de los establecimientos permanentes, ha de integrarse en ella la diferencia entre el valor de mercado y el valor contable de sus elementos patrimoniales en ciertos supuestos. Por otra parte, se establece el aplazamiento de la deuda tributaria en este caso cumpliendo ciertos requisitos.
El tratamiento fiscal más gravoso a una entidad residente en un Estado miembro de la UE que a una entidad residente en España, por las ganancias patrimoniales obtenidas en la transmisión de acciones de una sociedad española, es contrario al principio de libre circulación de capitales.
Las prestaciones de servicios de estudios, proyectos o asistencia técnica, que sirvan para una actividad desarrollada en otro país, aunque se satisfagan por un profesional en España, no van a estar sujetos a la obligación de retención, dado que no se van a considerar como una renta obtenida en este país.