Los contribuyentes que hubieran obtenido pérdidas patrimoniales derivadas de las inversiones en Afinsa, una vez dado por finalizado el procedimiento concursal seguido contra esta entidad, deben integrarlas en la base imponible general de la declaración del IRPF del ejercicio 2023.
Entre otras novedades, desde 1-1-2024, se amplía el colectivo de potenciales beneficiarios de la deducción por nacimiento o adopción en el medio rural, a los contribuyentes residentes en entidades locales menores con población no superior a 5.000 habitantes que, en caso de pertenecer a municipios con mayor población a la señalada, hasta la fecha no podían aplicar esta deducción.
Las pérdidas patrimoniales que se producen por una transmisión lucrativa inter vivos por diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, no se computan en la base imponible del transmitente, aunque en unidad de acto se computen ganancias patrimoniales también declaradas, derivadas de ese mismo tipo de transmisiones.
Aun cuando el contribuyente tribute en el régimen de recargo de equivalencia de IVA, la base a considerar en la deducción por inversión en elementos nuevos de inmovilizado material no incluye el IVA.
Se permite aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual en el régimen transitorio cuando la causa de no haberla aplicado con anterioridad a 1-1-2013 fue por una interpretación errónea pero razonable de la norma, que llevó al contribuyente a considerar que aún no podía aplicar la deducción por no haber sobrepasado la inversión realizada en otra vivienda habitual adquirida con anterioridad.
Para el período impositivo 2023, se modifican los índices de rendimiento neto y la reducción general para las actividades agrícolas y ganaderas en estimación objetiva afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
Se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural de 2024 a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.
Cuando pueda aplicarse una reducción parcial de la integración en la base imponible como rendimientos del trabajo de las prestaciones por jubilación en cumplimiento de la LIRPF disp.trans.2ª, por proceder de aportaciones que, en su día, no pudieron ser objeto de minoración o reducción, para calcular el porcentaje al que resulta aplicable la reducción se debe tomar en consideración el período en que se produjeron las cotizaciones que permitieron alcanzar el 100% de la pensión.
Con efectos a partir del 23-3-2024, se aprueba el modelo de declaración del Impuesto para el ejercicio 2023 y se determina el lugar, forma y plazos para su presentación, así como el procedimiento para la obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración.