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Nuevo texto refundido en materia de tributos cedidos en Cataluña (RF 11/24 12 de Marzo de 2024 al 18 de Marzo de 2024)

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La Generalitat de Catalunya ha aprobado diversas medidas en relación con los tributos cedidos mediante sucesivas leyes de medidas tributarias. Todo ello ha generado una dispersión normativa que dificulta el cumplimiento del principio de seguridad jurídica.El legislador autorizó a la Generalitat de Cataluña para que aprobara un texto refundido de los preceptos que tengan por objeto los tributos cedidos. En uso de esta competencia, con efectos desde el 15-3-2024, se ha procedido a su aprobación. En relación al IRPF, se regula en los mismos términos que la normativa que ahora se deroga, el mínimo del contribuyente, las deducciones autonómicas y la escala autonómica del Impuesto. DLeg Cataluña 1/2024 art.611.1 a 613.1, disp.derog. y disp.final, DOGC 14-3-24; L Cataluña 31/2002 art.1.1 y 3 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24; DL Cataluña 1/2008 art.3 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24; L Cataluña 26/2009 art.20 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24; DL Cataluña 36/2020 art.2 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24; L Cataluña 7/2004 art.1 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24; L Cataluña 21/2005 art.14 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24; L Cataluña 21/2001 art.1.1 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24; L Cataluña 16/2008 art.34 derog DLeg Cataluña 1/2024, DOGC 14-3-24

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