Rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero por las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado

La exención sobre los rendimientos del trabajo percibidos por los trabajos efectivamente realizados en el extranjero, resulta aplicable a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado español desplegados por FRONTEX como guardias de fronteras, tanto si dichas tareas se realizan en otro Estado miembro como si se realizan en un país tercero, en el marco de un convenio bilateral entre este último y un Estado miembro de la UE.

Rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero por las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado

La exención sobre los rendimientos del trabajo percibidos por los trabajos efectivamente realizados en el extranjero, resulta aplicable a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado español desplegados por FRONTEX como guardias de fronteras, tanto si dichas tareas se realizan en otro Estado miembro como si se realizan en un país tercero, en el marco de un convenio bilateral entre este último y un Estado miembro de la UE.

Cambio de la opción por la tributación conjunta

Si existe un error en la formación de la voluntad no imputable al contribuyente y debidamente acreditado, cabe la posibilidad de modificar la opción de tributación una vez finalizado el período reglamentario de declaración.

Acuerdo sobre el estatuto del personal civil y militar de las instituciones europeas

El 1-4-2019 entró en vigor el acuerdo firmado entre los Estados miembros de la UE en relación con el estatuto del personal civil y militar de las instituciones europeas