Requisitos formales de la renuncia a la exención del IVA en operaciones inmobiliarias
La renuncia a la exención del IVA en determinadas operaciones inmobiliarias no necesita de escritura pública; basta que las partes se comuniquen la voluntad de renuncia y el cumplimiento de condiciones para la misma, debiendo ser estas comunicaciones entre las partes fehacientes y por escrito, sin que sea necesario la protocolización notarial de las comunicaciones para que surtan efectos frente a terceros.