Solo se aplica la reducción del 30% en el exceso indemnizatorio, si el cociente resultante de dividir el período de generación (determinado por los años de servicios en la empresa, contados de fecha a fecha), por el número de períodos impositivos de fraccionamiento, fuera superior a dos.
En el ámbito de un ERE, una empresa despidió a veinte personas de su plantilla. Pasados 21 meses se plantea contratar a uno de los empleados despedidos, lo que puede afectar a la exención del IRPF prevista para la indemnización […]
Desaparece del RIRPF la mención a la relación socio-sociedad a la hora de determinar la vinculación con la empresa a efectos de la exención de la indemnización.
Las sumas recibidas por el trabajador en caso de finalización de los contratos de duración determinada vienen a constituir una reparación por la pérdida del empleo y, por tanto, tienen carácter indemnizatorio; en consecuencia, están exentas en el IRPF.
Se aclara el tratamiento en el IRPF de las indemnizaciones por despido, como consecuencia de las diversas modificaciones introducidas por la reforma laboral