Impuesto soportado en el extranjero superior a la deducción para evitar la doble imposición (RF 12/23 21 de Marzo de 2023 al 27 de Marzo de 2023)

Para poder deducir en la base imponible el impuesto satisfecho en el extranjero que no se deduce en la cuota íntegra, no basta con que las entidades participadas realicen actividades económicas en el extranjero, debe realizarlas la entidad perceptora de las rentas.

Precios medios en el mercado para determinados vehículos en Araba (RF 11/23 14 de Marzo de 2023 al 20 de Marzo de 2023)

Se aprueban los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en el ITP y AJD, ISD e IMT.

Entidad no residente pagadora de una renta a un teletrabajador conforme a su normativa doméstica (RF 10/23 07 de Marzo de 2023 al 13 de Marzo de 2023)

Habría que eliminar la doble imposición conforme al CDI de aplicación, no debiendo la empresa suiza practicar retenciones en aplicación de la normativa suiza, ya que en dicho caso no procedería aplicar la deducción por doble imposición internacional en España por un gravamen satisfecho en Suiza por tales rendimientos, puesto que no sería conforme a las disposiciones del Convenio; todo ello sin perjuicio de que la empleada pueda solicitar la devolución de dicho gravamen en Suiza.

Criterios interpretativos sobre el listado de deudores (RF 09/23 28 de Febrero de 2023 al 06 de Marzo de 2023)

El Tribunal Supremo matiza la legislación sobre la materia y establece que, a efectos de la publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias, solo pueden ser incluidas en el listado de deudores aquellas personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias firmes. Si se formulan alegaciones, pueden incluir cuestiones de índole jurídica.