Arrendamiento de un local objeto de concesión administrativa

Se considera bien inmueble una concesión administrativa sobre un local comercial, por lo que, según la normativa interna, los rendimientos derivados de su arrendamiento resultan sujetos al IRNR, ya que se entienden obtenidos en España, sin perjuicio del análisis posterior de la existencia o no de establecimiento permanente que ha de hacerse para concretar su tributación en este país.

Aplicación del régimen fiscal de reorganizaciones a una escisión parcial de actividad inmobiliaria

La existencia de diferentes personas contratadas para el seguimiento de distintos inmuebles no determina por sí mismo la existencia de una gestión diferenciada, ni por tanto de una rama de actividad.