Transmisión del patrimonio empresarial sin inclusión de los inmuebles en donde se realiza la actividad
En el caso de que una actividad económica no requiera la utilización de locales específicos o equipados de instalaciones fijas necesarias para llevar a cabo la actividad económica, puede haber una transmisión de una universalidad de bienes en el sentido de la Sexta Directiva art.5.8, incluso sin la transmisión de los derechos de propiedad de un inmueble.