Distribución de prima de emisión no dineraria

Al equipararse a efectos fiscales la distribución de la prima de asunción o emisión con la reducción de capital con devolución de aportaciones, en su distribución puede resultar de aplicación la exención para evitar la doble imposición de plusvalías.

Exención de la participación de una holding en una sociedad de capital riesgo

Una sociedad holding invierte en una sociedad de capital riesgo (SCR) cuyos activos invertirá en otras entidades de capital riesgo y en participaciones en sociedades mercantiles operativas. Para determinar si las participaciones que en las distintas SCR o FCR pueda invertir la SCR participada por la holding, están o no afectas a la actividad de la SCR holding, es necesario llevar a cabo una apreciación puntual de la necesariedad de las mismas para el desarrollo de la actividad de la entidad. No obstante, en la medida en que es un requisito legal que las SCR mantengan un porcentaje mínimo de su activo invertido en determinados tipos de activos y que conforman el coeficiente obligatorio de inversión, estos activos serían necesarios para el ejercicio de la actividad de la SRC.