Resulta conforme a Derecho iniciar un procedimiento de comprobación limitada mediante notificación de propuesta de liquidación provisional aun cuando se regularice la situación de un obligado tributario que no ha presentado la declaración, siempre que la Administración disponga de la información que legalmente se entiende como suficiente y la ponga a disposición del obligado tributario.
Para poder aplicar la deducción por familia numerosa es necesario acreditar la concurrencia de los requisitos y condiciones establecidos en la Ley de Protección a las Familias Numerosas (L 40/2003) por cualquier medio de prueba admisible en Derecho y no exclusivamente mediante el título oficial de familia numerosa.
Se aprueba para el ejercicio 2021 la relación de actividades o programas que se declaran prioritarios, las condiciones y el procedimiento para su declaración.
Las rentas percibidas por comuneros no residentes derivadas de arrendamientos de inmuebles sitos en España, si dicha actividad no se considera una actividad económica, se encuentran sujetas al IRNR, y la comunidad de bienes ha de practicar un ingreso a cuenta respecto de cada comunero e ingresarlo en el Tesoro.
Siempre que se cumplan los requisitos reglamentariamente establecidos, se considera rendimiento del trabajo en especie exento la entrega de vales-comida a trabajadores incluso en el caso de que los mismos desempeñen su trabajo total o parcialmente a través de la modalidad de teletrabajo o mediante jornadas continuas. La exención incluye los gastos de llevanza de la comida al domicilio, con el límite conjunto de 11 euros diarios.
Para determinar el valor de los bienes inmuebles a efectos de la determinación de la base imponible, se deben incluir dentro de valor de adquisición de los mismos las cuotas satisfechas en concepto de IVA y de cuota variable de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, documentos notariales, del ITP y AJD, y la cuota satisfecha en concepto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITP y AJD, pues se consideran tributos inherentes a la adquisición de los inmuebles.
Se modifica el régimen de la transparencia fiscal internacional destacando, entre otras novedades, la imputación de las rentas obtenidas por los establecimientos permanentes en el extranjero y la inclusión de nuevas rentas objeto de imputación.
Se establecen ciertos requisitos que han de cumplir los socios para que sean computables a efectos de la aplicación por la SICAV del tipo de gravamen reducido del 1%, así como un régimen fiscal transitorio aplicable en la disolución con liquidación de SICAV, para permitir que los socios de las SICAV puedan trasladar su inversión a otras IIC que cumplan los requisitos para mantener el tipo de gravamen reducido en el IS.
Con efectos a partir de 11-7-2021, en los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, la reducción solo se aplica sobre los rendimientos netos positivos que hayan sido calculados por el contribuyente en una autoliquidación presentada antes de que se haya iniciado un procedimiento de verificación de datos, de comprobación limitada o de inspección que incluya en su objeto la comprobación de tales rendimientos.
Con efectos a partir de 11-7-2021, se adaptan los requisitos exigibles para que no resulte de aplicación la regla especial de imputación temporal para este tipo de seguros, en concordancia con las últimas modificaciones normativas aplicables a las entidades aseguradoras.