Obligaciones formales de un comunero no residente en España (RF 28/21 13 de Julio de 2021 al 19 de Julio de 2021)

Las rentas percibidas por comuneros no residentes derivadas de arrendamientos de inmuebles sitos en España, si dicha actividad no se considera una actividad económica, se encuentran sujetas al IRNR, y la comunidad de bienes ha de practicar un ingreso a cuenta respecto de cada comunero e ingresarlo en el Tesoro.