Cobertura de las contingencias profesionales de los empleados de hogar

El empleador en el momento de inscribirse como empresario, o el empleado al darse de alta en su caso, deben hacer constar la entidad gestora o colaboradora por la que optan para la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Modificación de normativa común para adaptarla a la cobertura de contingencias profesionales

Adaptación del Reglamentos generales sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, a la nueva extensión de las contingencias profesionales a los empleados de hogar

Extensión de la acción protectora por contingencias profesionales a los empleados de hogar

Desarrollo reglamentario de la extensión de la acción protectora por contingencias profesionales a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar