Liquidación del IBI en inmuebles con varios titulares
La Administración puede liquidar el impuesto a un solo titular cuando, siendo varios se desconozca la identidad del resto de sujetos pasivos.
La Administración puede liquidar el impuesto a un solo titular cuando, siendo varios se desconozca la identidad del resto de sujetos pasivos.
Cuando la titularidad de un bien inmueble corresponde a varios obligados tributarios, la Administración puede liquidar el impuesto a un único titular cuando se desconozca la identidad del resto de sujetos pasivos, no resultando conveniente en aquellos casos en que la Administración conoce la identidad de todos y cada uno de los coobligados, así como la proporción que corresponde a cada uno, en los que debe de dividir la liquidación, exigiendo a cada uno sólo la parte que le corresponde.
Cuando la titularidad de un bien inmueble corresponde a varios obligados tributarios, la Administración puede liquidar el impuesto a un único titular cuando se desconozca la identidad del resto de sujetos pasivos, no resultando conveniente en aquellos casos en que la Administración conoce la identidad de todos y cada uno de los coobligados, así como la proporción que corresponde a cada uno, en los que debe de dividir la liquidación, exigiendo a cada uno sólo la parte que le corresponde.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).