Con efectos para los períodos impositivos iniciados durante el año 2020 se eleva el límite de 5,4 a 12,4 millones.
Se introducen las modificaciones aprobadas por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021 y se aprueba el modelo 468 de comunicación de los precios medios ponderados de venta real.
Se prorroga la autorización a las tiendas libres de impuestos de ventas a no viajeros.
Se amplía la vigencia de la aplicación del tipo 0% en la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos de la COVID-19.
Se actualizan los productos sanitarios susceptibles de aplicar el tipo impositivo del 0%.
Se modifican las reglas a aplicar en la importación de determinados bienes por los residentes en Reino Unido.
Se establecen las reglas a seguir en la devolución de las cuotas soportadas a empresarios y profesionales residentes en el Reino Unido.
Se modifican las reglas a aplicar en las devoluciones del IGIC y del AIEM de aquellos residentes en el Reino Unido de Gran Bretaña.
Se modifican las reglas a aplicar en la localización de las prestaciones de servicios de aquellos residentes en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Se adecua el listado de productos que conforman el ámbito objetivo del hecho imponible del AIEM.