Autoliquidación del IRPF en Gipuzkoa (RF 12/24 19 de Marzo de 2024 al 25 de Marzo de 2024)
Se aprueba, para el periodo impositivo 2023, el modelo 109 de autoliquidación del IRPF, así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso.
Se aprueba, para el periodo impositivo 2023, el modelo 109 de autoliquidación del IRPF, así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso.
Se aprueban, para el periodo impositivo 2022, los modelos 109 de autoliquidación del IRPF, así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso, y el modelo 109H de solicitud de devolución del IRPF de personas fallecidas.
Se aprueba, para el periodo impositivo 2021, el modelo 109 de autoliquidación del IRPF, así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso, y el modelo 109H de solicitud de devolución del IRPF de personas fallecidas.
Se aprueba el modelo 109 de autoliquidación del IRPF para el período impositivo 2020 así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso.
Se establece una deducción extraordinaria para el apoyo a la reanudación del desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas como consecuencia del COVID-19, aplicable por contribuyentes del IRPF, IS e IRNR que operen a través de establecimiento permanente, y realicen determinadas inversiones en el período impositivo iniciado a partir del 1-1-2021.
Se incrementan la deducción para el fomento de la implantación de TicketBAI y para la transformación digital del comercio minorista, para los contribuyentes del IRPF, IS e IRNR que operen a través de establecimiento permanente, que anticipen de forma voluntaria el cumplimiento de la obligación TicketBAI antes del 1-11-2021.
Se aprueba el modelo CBK para aplicar la deducción extraordinaria por compensación de pérdidas reales en actividades económicas en 2020, así como la forma y su plazo de presentación.
Para apoyar la transformación digital del pequeño comercio hacia el comercio electrónico, se aprueba un incentivo fiscal, aplicable exclusivamente para 2020, destinado a personas físicas, microempresas y pequeñas empresas, que se dedican al comercio minorista: una deducción del 30%, con ciertos límites, sobre los costes de inversión en sistemas informáticos para implantar el comercio electrónico.
Se aprueba una deducción «ex novo», aplicable en la autoliquidación del impuesto correspondiente al período impositivo 2019, que ha de ser proporcional a las pérdidas estimadas en el periodo impositivo 2020.
Se refuerzan los incentivos para impulsar la constitución durante el año 2020 de entidades por parte de las personas trabajadoras.
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