Gastos deducibles en el arrendamiento de inmuebles

En caso de varios inmuebles en alquiler, solo es posible deducir de los rendimientos íntegros de cada inmueble los gastos asociados al mismo. Es decir, se debe calcular el rendimiento neto y, en su caso, las reducciones aplicables, de forma separada para cada inmueble, teniendo en cuenta los límites existentes para la deducción de los gastos por intereses y por reparación y conservación, y sin perjuicio de que posteriormente se sumen los rendimientos netos reducidos obtenidos de cada inmueble para determinar el rendimiento neto reducido total.

Entidad sin ánimo de lucro que arrienda un inmueble para una persona desfavorecida

Una entidad sin ánimo de lucro que alquila una vivienda a una persona física para cederla de forma gratuita con posterioridad al colectivo de beneficiarios con el que trabajan ha de practicar retención sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento del inmueble.

Donación de empresa

Los requisitos exigidos en los casos de transmisión inter vivos de participaciones para que resulte aplicable la reducción del ISD tienen que concurrir en el momento del devengo del ISD.

Precios medios en el mercado en Aragón

Se introducen cambios que afectan a la metodología aplicable a la determinación de los precios medios en el mercado de los inmuebles arrendados, así como a determinados coeficientes de actualización de inmuebles.