Se modifica el Rgto CE/1126/2008 para introducir en él las modificaciones de la NIIF núm 12, Revelación de participaciones en otras entidades, incorporadas en las Mejoras Anuales de las NIIF, ciclo 2014-2016 y que están destinadas a subsanar problemas derivados de posibles incoherencias en las NIIF o de la necesidad de una formulación más clara. Las entidades aplicarán estas modificaciones a los ejercicios anuales que comiencen a partir de 1-1-2017.
Se establece que las disposiciones de la NIIF núm 12 se aplican a las participaciones de las entidades enumeradas en la norma (entidades que tengan participaciones en una dependientes, acuerdos conjuntos, asociadas o entidades estructuradas no consolidadas) que estén clasificadas (o incluidas en un grupo destinado a ser cedido que esté clasificado) como «mantenidas para la venta» o «actividades interrumpidas» de conformidad con la NIIF núm 5, Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas.
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