Con efectos a partir del 1-1-2012 se ha aprobado en esta Comunidad Autónoma la ley que recoge las medidas fiscales y administrativas para el año 2012.
En materia de ISD, se mantienen las reducciones en la base imponible y las deducciones en la cuota vigentes hasta la fecha, tanto para las adquisiciones mortis causa como para las adquisiciones inter vivos.
Como única novedad, se ha extendido la aplicación de la deducción prevista en la donación de dinero de padres a hijos para adquisición de la vivienda habitual al supuesto de que las cantidades se dediquen a amortizar no solo los préstamos hipotecarios, sino también los créditos hipotecarios, en consonancia con la equiparación ya establecida en tal materia en relación con el ITP y AJD.
Actualidad jurídica
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