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Con entrada en vigor desde el 26-11-2023, y con el fin de adecuar la normativa tributaria del IP de Baleares a lo que dispone la sentencia del TJUE 3-9-14, asunto C-127712, se establece que todas las referencias a la obligación personal de contribuir del DLeg Baleares 1/2014, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma en materia de tributos cedidos por el Estado, se deben entender sin perjuicio de las especialidades de la tributación de los contribuyentes no residentes que establece la LIP disp.adic.4ª.DLeg Baleares 1/2014 disp.adic.4ª redacc L Baleares 11/2023 art.25º, BOIB 25-11-23; L Baleares 11/2023 disp.final última, BOIB 25-11-23
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