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Modificaciones técnicas en la normativa del impuesto

Al objeto de actualizar referencias normativas, con efecto 30-12-2018, se modifican diversos artículos de RIVA. Así:
– Se actualiza a la vigente LIS (L 27/2014), las referencias sobre la aplicación del tipo reducido en determinadas entregas de viviendas realizadas a entidades que apliquen el régimen especial de arrendamiento de viviendas (RIVA art.26 bis.Uno redacc RD 1512/2018 art.1º.tres).
Asimismo, en la aplicación del tipo reducido en la adquisición de vehiculos para personas con movilidad reducida, se modifica la referencia normativa respecto a los servicios sociales actualizando a RDLeg 1/2013 (RIVA art.26 bis.Dos1.1º redacc RD 1512/2018 art.1º.tres).
– Se actualiza la normativa en las devoluciones en las cuotas soportadas por sujetos pasivos que ejerzan la actividad de transporte de viajeros o mercancías y apliquen el régimen simplificado, referenciandose a la Dir 2007/46/CE anexo II (RIVA art.30 bis.1 redacc RD 1512/2018 art.1º.cuatro).
– Se referencia al actual reglamento de facturación RD 1619/2012, las operaciones acogidas al régimen especial de grupo de entidades en que se renuncia a la exención y en las obligaciones formales especificas (RIVA art.61 quáter y quinquies redacc RD 1512/2018 art.1º. Seis y Siete).
– A efectos de la obligatoriedad de llevar los libros registro del impuesto, se modifica la referencia de los servicios prestados por vía electrónica, para incluir los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión (RIVA art.62.2 redacc RD 1512/2018 art.1º. Nueve).
– Se referencia a la vigente LIS (L 27/2014), respecto a lo que se considera transmisión de la totalidad o parte de un patrimonio empresarial o profesional a efectos de LIVA art.121 (RIVA art.71.3.2º redacc RD 1512/2018 art.1º. Catorce).
– Se modifica la denominación de Comunidad Europea por Comunidad y se añaden dentro de los servicios que no deben nombrar representante si se acogen al régimen especial a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión (RIVA art.82.1 redacc RD 1512/2018 art.1º. Quince).

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