En el tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual, se establecen los siguientes porcentajes:
a) Con carácter general, el porcentaje será del 7,50%.
b) Cuando se trate de las obras de adecuación de la vivienda habitual para personas con discapacidad a que se refiere la L 35/2006, del Impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio, el porcentaje será del 10%.
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