Con efectos a partir del 1-1-2013, se han aprobado en Araba las cuantías, instrucciones y demás aspectos que rigen la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF, incrementándose la cuantía de los módulos y magnitudes, con carácter general, en un 1,5% respecto de aquellos establecidos para ambos territorios en 2012.
Se modifica el ámbito de aplicación subjetiva de esta modalidad, excluyendo diversas actividades económicas que hasta el 31-12-2012 eran susceptibles de aplicarla, y, por último, se modifican algunas magnitudes excluyentes de la posibilidad de aplicación de esta modalidad, reduciendo el número de personas empleadas.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios