Se han aprobado en Gipuzkoa los modelos, modalidades y formas de presentación de las autoliquidaciones de IRPF e Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, modelos 109 y 714, para el período impositivo 2013.
Los principales puntos a destacar respecto al IRPF son los siguientes:
1) Sistemas y plazos de presentación: son los siguientes:
a. Propuesta de autoliquidación: el plazo para mostrar conformidad a la propuesta es el comprendido entre el 7-4-2014 y el 25-6-2014, ambos inclusive.
b. Mecanizada e Internet: el plazo de presentación de la autoliquidación en estas modalidades es el comprendido entre el 11-4-2014 y el 25-6-2014, ambos inclusive.
2) Lugar de presentación: la presentación de las autoliquidaciones que se realicen en la modalidad mecanizada se ha de efectuar en las Oficinas del Departamento de Hacienda y Finanzas establecidas en la OF Gipuzkoa 201/2014 art.5. Las solicitudes de la cita previa para la presentación de la autoliquidación por esta modalidad podrán realizarse desde el 10-4-2014 hasta el 6-6-2014.
3) Forma y plazos de ingreso y devolución de las cuotas: el ingreso de la cuota diferencial de las autoliquidaciones del IRPF ha de efectuarse, con carácter general, mediante domiciliación bancaria, con cargo a una cuenta de titularidad del contribuyente, abierta en una entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de los tributos que se indique en la autoliquidación. En la autoliquidación se debe consignar la opción de pago único o fraccionado en dos pagos.
El cargo en la cuenta de domiciliación de la totalidad de la deuda o, en su caso, del primer pago fraccionado, se efectuará el 30-6-2014, y el del segundo plazo del fraccionamiento, el 10-11-2014.
No obstante lo anterior, los contribuyentes que hayan presentado la autoliquidación en la modalidad internet, empleando clave operativa o firma electrónica reconocida, pueden efectuar el ingreso a través de la Pasarela de Pagos, con arreglo al procedimiento previsto en la OF Gipuzkoa 1074/2008. El ingreso se podrá efectuar una vez se haya transmitido válidamente la autoliquidación correspondiente y con anterioridad a las fechas de cargo en la cuenta de domiciliación.
Además, sin perjuicio de la posible utilización de la Pasarela de Pagos, al presentar las autoliquidaciones es obligatorio cumplimentar los datos de la cuenta de domiciliación bancaria.
La falta de ingreso en el plazo establecido, determina su recaudación en vía ejecutiva.
En cuanto a la devolución de la cuota diferencial de la autoliquidación del IRPF, se realizará en la cuenta titularidad del contribuyente que, a tal efecto, indique en la autoliquidación.
Respecto al Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas han de tenerse en cuenta las siguientes reglas:
a) Forma de presentación: el modelo 714 ha de presentarse exclusivamente por Internet.
b) Plazo de presentación: entre el 11-4-2014 y el 25-6-2014, ambos inclusive.
c) Forma y plazo de ingreso de las cuotas: son las siguientes:
– con carácter general, mediante domiciliación bancaria, con cargo a una cuenta de titularidad del contribuyente, abierta en una entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de los tributos, que éste indique en la autoliquidación. El cargo en la cuenta de domiciliación de la deuda tributaria se efectuará el 30-6-2014;
– a través de la Pasarela de Pagos, con arreglo al procedimiento previsto en la OF Gipuzkoa 1074/2008, una vez se haya transmitido válidamente la autoliquidación correspondiente y con anterioridad a la fecha de cargo en la cuenta de domiciliación.
Sin perjuicio de la posible utilización de la Pasarela de Pagos, al presentar las autoliquidaciones es obligatorio cumplimentar los datos de la cuenta de domiciliación bancaria.
La falta de ingreso en el plazo establecido determina su recaudación en vía ejecutiva.
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