Mediante la Orden Foral referenciada, en Bizkaia se han aprobado los modelos 100 y 714 del IRPF y del IP, respectivamente, para el periodo impositivo 2013. Los principales puntos a destacar de las mismas, son los siguientes:
1) Lugar de presentación: se va a diferenciar según se trate de autoliquidaciones:
– a ingresar: en las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria o en la Caja de la Hacienda Foral de Bizkaia;
– a devolver: en las entidades financieras colaboradoras, en el servicio habilitado al efecto por el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas para la recogida de autoliquidaciones o en las oficinas descentralizadas de la Hacienda Foral de Bizkaia.
2) Plazo de declaración e ingreso:
– IRPF: tanto para autoliquidaciones positivas, como negativas o con derecho a devolución, entre el 5-5-2014 y el 30-6-2014;
– IP: entre el 5-5-2014 y el 30-6-2014.
No obstante, deben presentarse conjuntamente cuando deba declararse por ambos tributos.
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