Se modifica el ámbito objetivo del régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para adaptar su redacción a la modificación operada en el tipo impositivo aplicable a partir del 26-1-2014 a determinadas operaciones con objetos de arte. Así, el régimen especial citado se aplicará, entre otras, a las operaciones de entregas de objetos de arte adquiridos a los empresarios o profesionales en virtud de operaciones que tributen al tipo reducido del 10% (ver nº 6333 Memento Fiscal 2013), conforme a la LIVA art.91.uno.4 y 5 redacc RDL 1/2014.
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