Novedades en la amortización de vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga (RF 06/26 03 de Febrero de 2026 al 09 de Febrero de 2026)
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2025, que no hayan concluido el 5-2-2026, se amplía la posibilidad de amortizar libremente las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o de alta potencia en los términos establecidos en la Directiva relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (
Dir 2014/94/UE art.2
), que estén afectas a actividades económicas y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en el año 2026.