Cotización durante la realización de trabajos de colaboración social

Sin modificación en la cotización por contingencias profesionales de los trabajadores desempleados que realicen trabajos de colaboración social durante 2019, salvo el incremento de la base de cotización de los perceptores del subsidio de desempleo.

Cotización en la situación de pluriempleo de los socios trabajadores de las sociedades laborales

Forma de distribuir el tope máximo de cotización de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales cuando uno de los empleos conlleva la inclusión en el RGSS como asimilado a trabajador por cuenta ajena.

Cotización durante la situación de pluriempleo

La forma de cotizar durante la situación de pluriempleo no se modifica, dependiendo del tope máximo de cotización a distribuir, por lo que en el 2019 es de: 4.070,10 €/mes, tanto para las contingencias comunes como para las profesionales. Igualmente se ha de distribuir el tope mínimo y la base mínima que corresponda.