Desde el 30-12-2013 en el caso de despido de profesores de centros concertados ya no es preciso que se pronuncie previamente el Consejo Escolar del centro mediante acuerdo motivado adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros.
La inclusión en el objeto social de la actividad de promoción, creación y participación en empresas cumple el requisito de determinación.
Solo cuando el porcentaje se vincule a una cifra fija del capital social o al capital social máximo que haya tenido la cooperativa a lo largo de su historia, el importe que supere dicho porcentaje se mostrará en los fondos propios siempre y cuando, a su vez, la remuneración y el retorno sean discrecionales.