El pago único de pensión compensatoria en convenio regulador no cumple los requisitos exigidos para devengar una pensión de viudedad, ya que la muerte del causante no supone una merma de ingresos, pues las obligaciones ya han sido liquidadas
Es suficiente para acreditar la existencia de pareja de hecho la inscripción en el registro municipal específico para ello, con independencia de pertenecer a una Comunidad Autónoma con Derecho civil propio.
No procede el reconocimiento de la pensión en favor de familiares cuando, en la fecha del hecho causante, no concurren todos los requisitos exigidos legalmente, como que el beneficiario sea mayor de 45 años.