Nulidad del precepto convencional que exime la identificación en los contratos eventuales de las razones de la eventualidad

Es nulo el precepto convencional que exime a los contratos eventuales de la obligación de identificar de modo claro y preciso las razones de la eventualidad, bastando citar el artículo del convenio que regula esta modalidad contractual, porque la identificación de las causas de la eventualidad es requisito constitutivo para estos contratos.