Con efectos desde el 1-1-2015, se los nuevos criterios aplicables en el 2015 en cuanto a la comprobación de valores de los bienes inmuebles y puestos de amarre de los puertos deportivos situados en las Islas Baleares a efectos del ITP y AJD e ISD. En concreto, en relación con los bienes inmuebles, se aprueba la actualización de los coeficientes e índices aplicables a los valores de los mismos; a efectos de los puertos de amarre de los puertos deportivos, se recoge la referencia al tiempo que resta para que expire la concesión, la depreciación y la actualización monetaria. Asimismo se mantienen las reglas de valoración específicas para la declaración de obra nueva y para la división horizontal de los bienes inmuebles urbanos.
NOTA
La presente Instrucción sustituye a la Instr Baleares 1/2014.
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