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Sistema de representación voluntaria para ciertas declaraciones del IRPF y del IP en Gipuzkoa

Con efectos a partir del 20-3-2013, se introduce esta novedad en el territorio de Gipuzkoa.
El alta de esta representación ha de inscribirse en el Censo de Representación Voluntaria y faculta a la persona representante únicamente a acceder al servicio de información fiscal de la representada para presentar las declaraciones mencionadas.
En cuanto al plazo para otorgar esta representación específica comienza el 1 de abril y finaliza el mismo día que lo haga la campaña de renta y patrimonio.
Además, la presentación por Internet del modelo 109 o 714 por parte de la representante valida la opción de la vigencia recogida en la representación específica otorgada.
La representación va a perder su vigencia:
– por finalización del plazo indicado en la representación;
– por baja a instancias de representante o representada;
– porque la representada otorga la representación específica a otra representante profesional; y
– por baja de la representante profesional en el censo de representación voluntaria del Departamento de Hacienda y Finanzas.
Para inscribir o dar de alta la representación específica para presentar declaraciones de renta y patrimonio en el Censo de Representación Voluntaria ha de cumplimentarse y presentarse el documento alojado en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, denominado 001-RP.

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