El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda ejerce sus funciones sobre siguientes materias:
a) Medio Ambiente.
b) Aguas.
c) Canales y regadíos.
d) Ordenación de recursos naturales y conservación de la naturaleza.
e) Ordenación del territorio y del litoral.
f) Suelo y urbanismo.
g) Vivienda y urbanización.
h) Arquitectura, edificación, sostenibilidad, eficiencia energética y calidad en la construcción.
i) Promoción de la accesibilidad.
j) Rehabilitación urbana, en su triple componente de rehabilitación edificatoria, renovación y regeneración urbanas.
Estas competencias se ejercen por los siguientes órganos:
Órganos centrales | Consejero de medio ambiente, planificación territorial y vivienda: a) definición de los objetivos estratégicos b) resolución de conflictos de atribuciones entre órganos c) autorización de los convenios y protocolos generales d) autorización de los gastos de cuantía superior a 1.000.000 euros e) actuar como órgano de contratación en los contratos cuyo presupuesto básico sea superior a 5.000.000 euros f) resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial y la incoación y resolución de los procedimientos de revisión de oficio y de declaración de lesividad g) aprobar los planes de ordenación urbanística en desarrollo del planeamiento urbanístico h) aprobar los planes, programas y actuaciones significativas, salvo los que corresponda al Consejo de Gobierno | Dirección de servicios |
Viceconsejería de medio ambiente: -planificación de la política ambiental; – ordenación y evaluación de las actividades con incidencia en el medio ambiente; -vigilancia, inspección y control de las actividades con incidencia en el medio ambiente; – cambio climático y protección de la atmósfera y del suelo; – aguas; – información, participación y formación ambiental; – protección del medio natural; – evaluación ambiental; -garantía y fomento del desarrollo sostenible; y – responsabilidad y disciplina ambiental. | Dirección de administración ambiental | |
Dirección de patrimonio natural y cambio climático | ||
Viceconsejería de planificación territorial : – ordenación del territorio y paisaje y planificación de la regeneración urbana en el marco de una planificación territorial estratégica; – ordenación urbanística que desarrolle determinaciones del planeamiento territorial y cuya aprobación competa a la administración de la Comunidad Autónoma; – información territorial; y – suelo y urbanismo | Dirección de planificación territorial, urbanismo y regeneración urbana | |
Viceconsejería de vivienda: – vivienda; – suelo y urbanización afectos a vivienda; – planeamiento vinculado a ámbitos residenciales para vivienda de protección pública; – arquitectura, edificación, sostenibilidad, eficiencia energética y calidad en la construcción; – rehabilitación urbana; – promoción de la accesibilidad. | Dirección de vivienda y arquitectura | |
Dirección de planificación y procesos operativos de vivienda | ||
Órganos periféricos | Servicios territoriales de medio ambiente, planificación territorial y vivienda | |
Servicio de la reserva de la biosfera de Urdaibai | ||
Delegaciones territoriales de vivienda de cada uno de los territorios históricos | ||
Órganos colegiados | – Comisión ambiental del País Vasco – Consejo asesor de medio ambiente de la Comunidad Autónoma del País Vasco – Patronato de la reserva de la biosfera de Urdaibai – Consejo de cooperación de la reserva de la biosfera de Urdaibai – Consejo asesor de conservación de la naturaleza del País Vasco-Naturzaintza – Comisión de ordenación del territorio del País Vasco – Consejo asesor de política territorial – Comisión para el fomento de la calidad de la construcción – Consejo Vasco para la promoción de la accesibilidad – Jurados territoriales de expropiación forzosa de Álava, Vizcaya y Guipuzcoa – Foro de encuentro de urbanismo y vivienda de Euskadi | |
Órganos en situación de dependencia o vinculación con el departamento | – Ente público de derecho privado Uraren Euskal Agentzia / Agencia Vasca del Agua – Sociedades públicas: Ihobe, SA, Sociedad pública de gestión añmbiental; Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A.-Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, E.A. (Visesa); Alokabide, S.A |
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