Las novedades son las siguientes:
1. Deducciones por familia numerosa. Se incrementan las cuantías de las deducciones, que quedan fijadas a partir de 1-1-2018 en las siguientes cantidades:
a) 500 euros, con carácter general (246 euros hasta el 31-12-2017).
b) 1.000 euros cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que se compute para cuantificar el mínimo por descendiente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65% (492 euros hasta el 31-12-2017).
c) La cantidad que corresponda por aplicación de las letras anteriores se incrementa en 820 euros (410 euros hasta el 31-12-2017) por cada descendiente, a partir del cuarto inclusive, al que sea de aplicación el mínimo por descendiente.
2. Deducciones por nacimiento o adopción. Se incrementa asimismo la cuantía de la deducción establecida con carácter general por el nacimiento o adopción del primer hijo, que desde 1-1-2018 se fija en 1.010 euros (710 euros hasta el 31-12-2017).
3. Alquiler de vivienda habitual. Se incrementan los porcentajes de deducción que, desde el 1-1-2018, se fijan en:
a) Con carácter general, el 20% (hasta el 31-12-2017, el 15%).
b) El 25% (hasta el 31-12-2017, el 20%) cuando la vivienda habitual se encuentre situada en una población de la Comunidad de Castilla y León que no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o de 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia.
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