Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Normativa autonómica

La L Extremadura 2/2018 con efectos desde el 16-5-2018, no se aplica a los procedimientos que, en el momento de su entrada en vigor, cuenten con aprobación inicial. Si bien, en aquellos casos en los que, habiendo recaído aprobación inicial, todavía no hubiera finalizado el plazo de información pública, el órgano promotor puede acordar acogerse al procedimiento de coordinación intersectorial y, si antes de la adopción del mismo, ya se hubieran solicitado informes, ha de darse traslado del mismo a los órganos y entidades consultadas.

El objeto de la regulación es la coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura para la intervención administrativa en las siguientes materias:

Marco normativo
Armonización del alcance multisectorial de estos procedimientos, de manera que se pueda conseguir la emisión de informes de forma coordinada, desde una visión intersectorial.
Órgano intersectorial
Para la coordinación y simplificación urbanística y territorial y con capacidad decisoria, en el que de forma conjunta puedan estudiarse y analizarse, desde las perspectivas de las distintas problemáticas y competencias sectoriales, las observaciones o consideraciones que deban tenerse en cuenta para su integración coherente en el planeamiento correspondiente, así como para agilizar la tramitación administrativa de este.
Marco jurídico sectorial reordenado
Con carácter temporal para crear un plazo único e integrado de emisión de informes sectoriales en un máximo de 3 meses, en el que se produzcan el debate, la reflexión y las manifestaciones sectoriales.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).