El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha emitido un informe en el que se pone de manifiesto que durante 2013 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas localizadas en determinadas zonas geográficas. Ello aconseja hacer uso de la autorización que establece que cuando el desarrollo de actividades económicas, a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada, el Ministro competente (actualmente Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas) podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos (RIRPF art.37.4.1º).
En consecuencia, se aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2013 a las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales desarrolladas en los ámbitos territoriales definidos en el anexo de la presente Orden Ministerial.
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