Con efectos desde el 25-4-2018, se modifican los siguientes modelos de retenciones e ingreso a cuenta:
a) Modelo 270«Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas». Se establece que el plazo de presentación es entre el 1 de enero y el 5 de febrero, ambos inclusive, de cada año, en relación con los premios satisfechos en el año inmediato anterior.
b) Modelo 230 «IRPF e IRNR: retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; IS: retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación»:
1. Obligados a presentar el modelo: se suprime la obligación de los contribuyentes del IRNR de practicar retención o ingreso a cuenta cuando el premio esté exento en virtud de lo dispuesto en un convenio para evitar la doble imposición que resulte aplicable.
2. Plazo de presentación: se añade que la declaración e ingreso de los retenedores y obligados a ingresar a cuenta cuyo periodo de liquidación en el IVA coincida con el mes natural, se realiza durante los 30 primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación correspondiente al mes de enero. Sin embargo, la declaración liquidación correspondiente a junio puede presentarse hasta el 5 de agosto, la de julio hasta el 20 de septiembre, y la de diciembre hasta el día 31 de enero.
Además, en ambos modelos se adaptan las referencias a la Ley Foral reguladora del IS conferidas en sus preceptos a la normativa ahora vigente constituida por la LF Navarra 26/2016, que deroga la LF Navarra 24/1996.
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