Esta Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado modifica los modelos establecidos por la OM JUS/1698/2011 por la que se aprueban nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas, estando motivada dicha modificación por las reformas introducidas en la normativa contable derivadas de las siguientes Resoluciones del ICAC:
– ICAC Resol 18-9-13, por la que se dictan normas de registro y valoración e información a incluir en la memoria de las cuentas anuales sobre el deterioro del valor de los activos. Esta resolución complementa la regulación del PGC y sus normas complementarias en la materia, al mismo tiempo que se proporciona a los destinatarios de la norma contable los criterios necesarios para informar sobre el importe recuperable de los activos de una empresa, en sintonía con las normas internacionales de contabilidad adoptadas por la UE. En dicha Resolución se establece la información que, al respecto, las empresas deben incluir en la memoria de las cuentas anuales individuales y consolidadas.
– ICAC Resol 18-10-13, la cual, cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, se limita a fijar el marco de información necesario, ante la quiebra del citado principio, para cumplir con la obligación de formular las cuentas anuales en los supuestos de liquidación, o inmediatamente antes de acordarse la disolución de la sociedad.
Al mismo tiempo, a través de la resolución se da publicidad a las traducciones de los mencionados modelos a las demás lenguas cooficiales propias de cada una de las Comunidades Autónomas.
La utilización de los nuevos modelos aprobados será obligatoria para los sujetos obligados cuando la Junta general o lo socios aprueben sus cuentas anuales con posterioridad al día 2-2-2015, fecha de publicación de la resolución en el BOE.
La versión íntegra, actualizada y completa de todos los modelos se publicará en la página web del Ministerio de Justicia.
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