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Modelos de declaración del IRPF y del IP en Araba

Se han aprobado en Araba los modelos de declaración 100 y 714, para el IRPF y el IP, respectivamente, del ejercicio 2011, así como las modalidades de declaración, los plazos y lugares en que pueden presentarse dichas declaraciones.
Respecto a las modalidades de declaración del IRPF, se mantienen los sistemas de ejercicios anteriores, con idénticos requisitos, esto es:
1. «rentafácil».
2. «rentared», en el que, como novedad, para la remisión de la declaraciones, «rentaweb» se sustituye por la sede electrónica de la Diputación Foral de Araba a través de www.alava.net.
3. «rent@raba».
4. «autorenta».
Por su parte, la presentación de las declaraciones del IP puede efectuarse a través de:
1. Internet: son las declaraciones confeccionadas por los contribuyentes y por las gestorías o asesorías acreditadas ante la Diputación Foral utilizando el Programa de Ayuda y remitidas por la sede electrónica a través de www.alava.net.
2. Declaraciones-Programa confeccionadas por los contribuyentes utilizando el Programa de Ayuda del IRPF y presentadas en los lugares indicados en la OF Araba 200/2012 art.6.
3. Declaraciones-Papel confeccionadas utilizando el modelo de impreso aprobado al efecto, editado por la Diputación Foral de Araba y presentadas en los lugares indicados en la OF Araba 200/2012 art.6.
La presentación de las declaraciones del IRPF y del IP, salvo las modalidades de «rentafácil», «rentared» y Patrimonio-internet deben ir acompañadas de la etiqueta identificativa obligatoria, de conformidad con lo dispuesto en el DF Araba 99/1996 art.4.
Mientras que no hay modificaciones a los lugares designados para la presentación de declaraciones, los plazos de presentación de las mismas son, para ambos impuestos, los siguientes:
1. «rentafácil»: las confirmaciones y modificaciones de las propuestas de declaración remitidas a los contribuyentes podrán realizarse del 2-4-2012 al 18-6-2012.
2. « rent@raba » y declaraciones del IP-internet a través de gestorías o asesorías acreditadas, desde el 2-5-2012 hasta el 15-6-2012 en las entidades financieras colaboradoras; hasta el 18-6-2012 en las oficinas de la Hacienda Foral; y hasta el 25-6-2012 a través de las gestorías o asesorías acreditadas ante la Diputación Foral.
3. «rentared» y declaraciones del IP-internet remitidas por los particulares desde el 2-4-2012 hasta el 25-6-2012.
4. «autorenta» e IP en sus modalidades de Declaraciones-Programa y Declaraciones-Papel desde el 2-5-2012 hasta el 25-6-2012.
Al igual que en ejercicios anteriores los contribuyentes de ambos impuestos que utilicen las modalidades de Declaración-Programa o Declaración-Papel, al presentar su declaración deben practicar la autoliquidación e ingresar, en su caso, su importe. La utilización de cualquiera de las otras modalidades de presentación lleva consigo la domiciliación de las cuotas en las cuentas indicadas por los contribuyentes en sus declaraciones, excepto en caso de que se efectúe el ingreso mediante la pasarela de pagos.
Por último, de acuerdo con lo previsto en DF Araba 76/2007 art.77.2, el ingreso del importe resultante de la autoliquidación del IRPF puede fraccionarse, sin interés ni recargo alguno, en dos partes:
a) La primera, del 60% de su importe en el momento de presentar la autoliquidación, salvo las cuotas domiciliadas, cuyo cargo se efectuará el 28-6-2012.
b) La segunda, del 40% restante, antes del 12-11-2012.
Por su parte, la cuota del IP debe ingresarse en su totalidad en el momento de la presentación de la declaración, salvo las cuotas domiciliadas, cuyo cargo se efectuará el 28-6-2012.

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