Con fecha 4-7-2014 se aprobó el RDL 8/2014 de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, el cual, en el ámbito del IRPF, introdujo tres modificaciones que la Ley ahora aprobada mantiene sin cambios. Estas modificaciones son:
1) Con efectos desde el 1-1-2014 y anteriores no prescritos se declaran exentas las ganancias patrimoniales que pudieran ponerse de manifiesto como consecuencia de la dación en pago o de un procedimiento de ejecución hipotecaria que afecte a la vivienda habitual del contribuyente (ver nº 92 Memento Fiscal 2014).
2) Con efectos desde el 5-7-2014, se establece un tipo reducido de retención del 15% sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales cuando en el ejercicio anterior los rendimientos íntegros derivados de estas actividades obtenidos por el contribuyente hubieran sido inferiores a 15.000 euros, siempre que, además, estos rendimientos representen más del 75% de la suma de sus rendimientos íntegros de actividades económicas y trabajo (ver nº 832 Memento Fiscal 2014).
3) Con efectos desde el 1-1-2014, se permite la compensación de las rentas negativas de la base del ahorro derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes, o de valores recibidos a cambio de estos instrumentos, generadas con anterioridad a 1-1-2015, con otras rentas positivas incluidas en la base del ahorro, o en la base general procedentes de la transmisión de elementos patrimoniales (ver nº 1528 Memento Fiscal 2014).
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