La Unión Europea ha aprobado una Directiva que establece un nivel mínimo común de protección del mercado interior para garantizar el pago del impuesto donde se generen los beneficios y el valor, aplicable a todos los contribuyentes sujetos al IS en uno o varios Estados miembros, incluidos los establecimientos permanentes en uno o varios Estados miembros de entidades residentes a efectos fiscales en un tercer país.
Las medidas adoptadas hacen referencia a los siguientes ámbitos:
– limitación a la deducibilidad de los intereses;
– imposición de salida, si bien en determinadas circunstancias se permite el aplazamiento;
– norma general contra las prácticas abusivas;
– normas relativas a las sociedades extranjeras controladas;
– normas para hacer frente a las asimetrías híbridas.
Estas medidas deben adoptarse y publicarse por los Estados miembros a más tardar para el 31-12-2018, y son de aplicación a partir del 1-1-2019. No obstante, en el caso de la imposición de salida, se permite su adaptación, publicación y aplicación un año más tarde.
NOTA
La regulación también prevé la aplicación de deducciones para evitar la posible doble imposición que surja de la aplicación de esta normativa.
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