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Deducciones autonómicas en el IRPF de Extremadura

Con efectos desde el 1-1-2012 se modifican las siguientes deducciones aplicables en la cuota íntegra autonómica del IRPF en Extremadura:
1) Deducción para el fomento del autoempleo de las mujeres emprendedoras: se establece el importe de la deducción en el importe satisfecho a la Seguridad Social, con el límite de 300 euros, manteniéndose sin cambios el resto de requisitos y condiciones para aplicar esta deducción.
2) Deducción para el fomento del autoempleo de los jóvenes emprendedores menores de 36 años: se establece el importe de la deducción en el importe satisfecho a la Seguridad Social, con el límite de 250 euros, manteniéndose sin cambios el resto de requisitos y condiciones para aplicar esta deducción.
3) Deducción por trabajo dependiente: se modifican las cuantías de modo que los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo cuyo importe íntegro no supere la cantidad de 12.000 euros anuales tendrán derecho a una deducción de 75 euros sobre la cuota íntegra autonómica, siempre que la suma del resto de los rendimientos netos, ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de renta no exceda de 300 euros.
Además, con carácter temporal se dejan sin efecto determinadas deducciones que suponen un elevado coste para la Comunidad Autónoma y representan unos recursos necesarios para la sostenibilidad de los servicios esenciales como la sanidad y la educación, si bien continuarán siendo de aplicación todas aquellas deducciones encaminadas a estimular el autoempleo y fomentar la actividad productiva y la ocupación. Por tanto, desde el 29-6-2012, se derogan las deducciones por alquiler de vivienda habitual para menores de 35 años, familias numerosas y discapacitados, por ayuda doméstica, por adopción de hijos en el ámbito internacional, para la madre o el padre de familia monoparental, por obras de mejora en la vivienda habitual, por donaciones con finalidad ecológica, por la inversión no empresarial en la adquisición de ordenadores personales para uso doméstico y por donaciones y ciertos actos relativos a Bienes del Patrimonio Cultural Extremeño.

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